¿Cuando puede un contribuyente aplicar la deducción por adquisición de vivienda habitual?
La práctica de la deducción por adquisición de vivienda requiere la concurrencia en el contribuyente de dos requisitos: adquisición de la plena propiedad de vivienda, aunque sea compartida, en su caso, y que dicha vivienda constituya o vaya a constituir su residencia habitual, todo ello con independencia de cómo se instrumente su financiación, del estado civil del contribuyente y, en su caso, del régimen económico matrimonial.
De tal forma que para poder tener derecho a aplicar la deducción por adquisición será necesario ser propietario, al menos en parte, de la vivienda habitual pudiendo deducir por las cantidades que efectivamente satisfaga el contribuyente.
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