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REQUISITOS APLICACIÓN COEFICIENTES REDUCTORES

Consulta: 

Una vez determinada la ganancia patrimonial por la diferencia entre los valores de transmisión y de adquisición ¿se pueden aplicar coeficientes reductores a la misma cuando el elemento patrimonial transmitido tenga una cierta antiguedad en el patrimonio del contribuyente?

Respuesta corta: 

Si. Se pueden aplicar coeficientes reductores para el cálculo de las ganancias patrimoniales sometidas al impuesto que deriven de la transmisión de elementos patrimoniales cuando se cumplan las siguientes condiciones:

a) Que se trate de elementos patrimoniales no afectos al ejercicio de actividades económicas.

b) Que el elemento patrimonial haya sido adquirido antes del 31 de diciembre de 1994.

Los coeficientes reductores se aplicarán por cada año de permanencia a 31 de diciembre de 1996, que exceda de dos, del bien o derecho en el patrimonio del contribuyente, redondeado por exceso.

No obstante, sólo serán aplicables sobre la parte de la ganancia patrimonial generada hasta el 19 de enero de 2006.

Los coeficientes reductores aplicables se relacionan en la referencia 127459.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
137242