¿Se puede deducir por las cantidades depositadas en una cuenta vivienda? ¿Puede mantenerse más de una cuenta vivienda?
Se podrá deducir por las cantidades que se depositen en entidades de crédito cuyo destino sea la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del depositante, siempre que se trate de cuentas separadas de cualquier otro tipo de imposición, con el límite de 9.015 euros anuales. Estas cuentas deben consignarse separadamente en la declaración indicando, al menos, la entidad donde se ha abierto, la sucursal concreta y el número de la cuenta. Cada contribuyente solo podrá mantener una cuenta vivienda.
A partir de 1.1.2011, la base máxima de deducción será 9.040 euros anuales.
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