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REQUISITOS FORMALES. INCUMPLIMIENTO DEL PLAN DE INVERSIONES

Consulta: 

¿El incumplimiento del requisito formal de presentar un plan de inversiones determina la regularización de la situación tributaria por parte del sujeto pasivo? ¿Es sancionable dicho incumplimiento?

Respuesta corta: 

La falta de presentación del plan de inversiones no da lugar a la regularización de la situación tributaria del sujeto pasivo. No obstante, esta conducta es constitutiva de infracción tributaria leve, que se sancionará con multa pecuniaria proporcional del 2% del importe de la dotacioón efectuada a la RIC a cuya materialización debería haberse referido.

También constituye infracción tributaria leve la omisión, falseamiento o inexactitud de los datos que deben incluirse en el mismo, que se sancionará con multa pecuniaria fija de 150 euros por cada dato omitido, falso o inexacto, con un mínimo de 500 euros.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 27 Ley 19 / 1994 , de 06 de julio de 1994 .
Artículo primero Real Decreto Ley 12 / 2006 , de 29 de diciembre de 2006 .
ID: 
129477