¿Existe la posibilidad de que un contribuyente, al que no se ha practicado la retención adecuada ,incluya en su declaración la que se le debería haber practicado?
Sí. Cuando la retención no se hubiera practicado o lo hubiera sido por un importe inferior al debido, por causa imputable exclusivamente al retenedor u obligado a ingresar a cuenta, el perceptor deducirá de la cuota la cantidad que debió ser retenida, salvo cuando se trate de retribuciones legalmente establecidas satisfechas por el sector público, en cuyo caso sólo podrá deducir las cantidades efectivamente retenidas.
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