¿Cómo puede compensarse el saldo negativo de las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales?
El saldo negativo de las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales se podrá compensar con el saldo positivo del otro componente de la base imponible del ahorro, rendimientos de capital mobiliario, con el límite del 25 por ciento de dicho saldo positivo.
Si tras dicha compensación quedase saldo negativo, su importe se compensará en los cuatro ejercicios siguientes.
Durante los ejercicios 2015, 2016 y 2017 el porcentaje de compensación no será del 25 por ciento sino del 10, 15 y 20 por ciento respectivamente.
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