Condiciones para aplicar la reducción del 75% sobre el rendimiento total derivado de las prestaciones por jubilación o invalidez de los contratos de seguros colectivos de trabajadores.
Esta reducción global del 75% se aplicará cuando se cumplan las siguientes condiciones:
1. Que la prestación se perciba en forma de capital transcurridos más de 8 años desde el pago de la primera prima.
2. Que las primas satisfechas a lo largo de la duración del contrato guarden una periodicidad y regularidad suficientes, de manera que su período medio de permanencia sea superior a 4 años.
3. Que el contrato de seguro se haya concertado a partir del 31 de dieimbre de 1994.
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