Contribuyente que se separa, estableciéndose en el convenio regulador aprobado que estará obligado al pago del 100% de las cuotas del préstamo hipotecario que grava la vivienda habitual de su excónyuge e hijos, aunque tiene la titularidad del 50% de la misma.¿Puede aplicar la deducción sobre la totalidad de las cuotas del préstamo pagado o exclusivamente el 50%?
La deducción por adquisición de vivienda habitual está ligada a la titularidad del pleno dominio, aunque sea compartido, del inmueble.
Por tanto únicamente serán deducibles las cantidades satisfechas en la parte que corresponda a la titularidad del contribuyente. En este caso el 50%.
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