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SERVICIOS DE COMPETENCIA PROVINCIAL DESDE 2014

Consulta: 

A partir del 31 de diciembre de 2013 ¿Cuáles son los servicios de competencia provincial comprendidos en las letras a) b) y c) del apartado 1 del artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de bases del régimen local?

Respuesta corta: 

a) La coordinación de los servicios municipales entre sí para la garantía de la prestación integral y adecuada a que se refiere el apartado a) del número 2 del artículo 31.

b) La asistencia y cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión. En todo caso garantizará en los municipios de menos de 1.000 habitantes la prestación de los servicios de secretaría e intervención.

c) La prestación de servicios públicos de carácter supramunicipal y, en su caso, supracomarcal y el fomento o, en su caso, coordinación de la prestación unificada de servicios de los municipios de su respectivo ámbito territorial. En particular, asumirá la prestación de los servicios de tratamiento de residuos en los municipios de menos de 5.000 habitantes, y de prevención y extinción de incendios en los de menos de 20.000 habitantes, cuando éstos no procedan a su prestación.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 34.2 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Artículo 36.1 a), b) y c) Ley 7 / 1985 , de 02 de abril de 1985 .
Artículo Primero Ley 57 / 2003 , de 16 de diciembre de 2003 .
Artículo Primero Ley 27 / 2013 , de 27 de diciembre de 2013 .
ID: 
134310