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SERVICIOS GRATUITOS PARA FOMENTAR ACTIVIDAD

Consulta: 

Una entidad presta a sus clientes servicios de consultoría de forma gratuita con el fin de fomentar la actividad de formación que también presta a terceros, respecto de los cuales se presume que no hay vinculación. Incidencia en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades.

Respuesta corta: 

Desde un punto de vista contable, el Plan General de Contabilidad, dispone en su norma de registro y valoración 14ª que los ingresos procedentes de la venta de bienes y de la prestación de servicios se valorarán por el valor razonable de la contrapartida, recibida o por recibir, derivada de los mismos, que, salvo evidencia en contrario, será el precio acordado para dichos bienes o servicios, deducido: el importe de cualquier descuento, rebaja en el precio u otras partidas similares que la empresa pueda conceder, así como los intereses incorporados al nominal de los créditos.

Dado que las partes no han pactado contraprestación alguna por los servicios de consultoría prestados gratuitamente, sino que forma parte de la contraprestación que conlleva la actividad de formación, la entidad no registrará ingreso alguno en la cuenta de pérdidas y ganancias en el ejercicio en que se presten; ingreso que tampoco formará parte de la base imponible del período, conforme a lo establecido en el artículo 10.3 del TRLIS.

Adicionalmente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1.e) del TRLIS, dado que la prestación gratuita del servicio de consultoría tiene como finalidad fomentar la actividad de formación desempeñada por la entidad, los gastos derivados de la prestación del servicio de consultoría tendrán la consideración de gastos fiscalmente deducibles en la medida en que se trata de gastos realizados para promocionar indirectamente la prestación del servicio de formación de la entidad y, por tanto, se hallan correlacionados con los ingresos.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 10 y 14 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Norma de valoración 14 PGC Real Decreto 1514 / 2007 , de 16 de noviembre de 2007 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 2294 - 10 , de 25 de octubre de 2010
ID: 
130838