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SERVICIOS DE MEDIACIÓN EN EXPORTACIONES

Consulta: 

Agente comercial establecido en España presta servicios a una empresa establecida en la U.E. pero sin establecimiento en el ámbito español de aplicación del impuesto, promoviendo la venta de bienes en países no pertenecientes a la U.E.

Respuesta corta: 

La mediación se entiende realizada en el territorio de aplicación del impuesto cuando el destinatario sea empresario o profesional y sean servicios para su sede o domicilio en territorio español.

Si la mediación no se considera realizada en el territorio de aplicación del IVA español, no se deberá repercutir el IVA español.

Si la mediación se considera realizada en dicho territorio, estará exenta al ser una prestación de servicios realizada por un intermediario que actúa en nombre y por cuenta de terceros interveniendo en una exportación.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
107015