¿Están exentos los servicios prestados por profesionales médicos o sanitarios consistentes en expedir certificados médicos?
Están exentos los servicios prestados por personal médico o sanitario, relativos a la expedición de certificados médicos que impliquen un reconocimiento médico de la persona física sobre la que se va a certificar.
Los servicios de expedición de certificados médicos por profesionales médicos o sanitarios, realizados al margen o con independencia de una actuación médica relativa al diagnostico, prevención o tratamiento de una enfermedad tributan al tipo impositivo general del 21% (tipo reducido del 8% con anterioridad al 1 de septiembre de 2012).
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