• English
  • Español

SERVICIOS: PRESUNCIONES SOBRE CONDICIÓN DE CLIENTE COMUNITARIO

Consulta: 

¿Qué presunciones permiten al prestador de un servicio considerar como empresario o profesional al destinatario del mismo, a los efectos de localizar dicho servicio?

Respuesta corta: 

Salvo que disponga de información que indique lo contrario, el prestador podrá considerar que un cliente establecido en la Comunidad es un sujeto pasivo en las siguientes condiciones:


a) Cuando el cliente le haya comunicado su número de identificación individual a efectos del IVA y el prestador obtenga la confirmación de la validez de dicho número de identificación, así como del nombre y dirección correspondientes.


b) En caso de que el cliente todavía no haya recibido un número de identificación individual a efectos del IVA, pero informe al prestador de que lo ha solicitado y el prestador obtiene cualquier otro elemento de prueba que demuestre que el cliente es un sujeto pasivo o una persona jurídica que no tiene la condición de sujeto pasivo pero está obligada a identificarse a efectos del IVA, y comprueba de manera razonable la exactitud de la información facilitada por el cliente a través de medidas normales de seguridad comercial, como las relativas a los controles de identidad o de pago.


Salvo que disponga de información que indique lo contrario, el prestador podrá considerar que un cliente establecido en la Comunidad no tiene condición de sujeto pasivo si puede demostrar que dicho cliente no le ha comunicado su número de identificación individual a efectos del IVA.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
137718