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SISTEMA DE RENTAS MÍNIMAS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Consulta: 

¿El abono, por parte de las Comunidades Autónomas, de una prestación de rentas mínimas, o el denominado salario social, daría derecho a la percepción de las deducciones familiares?

Respuesta corta: 

Cuando el art. 81 bis Ley 35/2006 se refiere al término prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo debe entenderse que tal denominación se utiliza únicamente para las prestaciones abonadas recogidas en los artículos 206 y siguientes de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio) y cuyo pago lo realiza el SEPE por ser de competencia estatal.

Por lo tanto, la percepción de dichas rentas NO daría derecho a las deducciones familiares.

Respuesta extendida: 
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ID: 
137303