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SOCIEDAD DE MERA TENENCIA DE INMUEBLES

Consulta: 

¿Tiene la consideración de empresario o profesional una sociedad limitada que se va a dedicar a la mera tenencia de inmuebles?

Respuesta corta: 

La redacción vigente desde el 26 de diciembre de 2008 del artículo 5 de la Ley 37/1992 contempla que a las entidades mercantiles se les presume la condición de empresario o profesional, salvo prueba en contrario, incorporando el criterio puesto de manifiesto en numerosas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, según el cual, aún cuando la entidad sea de carácter mercantil, no es empresario o profesional a efectos del IVA si no realiza operaciones que permitan atribuirle tal condición.

Respuesta extendida: 
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ID: 
126042