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S.P.: RENTAS BONIFICADAS

Consulta: 

Una sociedad cuyo accionista único es un consorcio, en el que participan una Comunidad Autónoma y varios municipios, tiene como objeto social la gestión de residuos, obteniendo además de las rentas derivadas de esta gestión, dividendos y otras rentas derivadas del arrendamiento y enajenación de un inmovilizado. ¿Puede aplicarse la bonificación del artículo 34.2 del TRLIS?

Respuesta corta: 

Esta bonificación tiene su origen en la conveniencia de establecer fórmulas que permitan a los entes públicos de base territorial (fundamentalmente municipios) la prestación de las actividades y servicios de su competencia bajo fórmulas jurídicas más eficientes desde el punto de vista de su gestión y administración, sin perder por ello el beneficioso tratamiento fiscal que corresponde a este tipo de Administraciones (Estado, Comunidades Autónomas y entes locales). Desde este punto de vista, no habría ningún inconveniente para que se unieran varias entidades territoriales de las indicadas en el artículo 34.2 del TRLIS para que a través de determinados instrumentos jurídicos, como puede ser un consorcio, presten alguno de los servicios comprendidos en el ámbito de la bonificación establecida en el artículo mencionado.

En consecuencia, se aprecia la concurrencia del requisito subjetivo ya que se trata de una sociedad anónima en cuyo capital participa íntegramente un consorcio, cuyos asociados son íntegramente entidades públicas de carácter territorial.

Respecto al análisis del cumplimiento de la condición objetiva, el apartado 2 del artículo 25 de la mencionada Ley de Bases del Régimen Local establece las competencias que, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, ejercerá el Municipio, entre las que señala en la letra l): Suministro de agua y alumbrado público; servicios de limpieza viaria, de recogida y tratamiento de residuos, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.

Por tanto, sólo las rentas derivadas de la prestación de servicios relacionados con la gestión y tratamiento de residuos son susceptibles de bonificación en los términos del artículo 34.2 del TRLIS, sin que puedan incluirse en el ámbito de la bonificación las rentas procedentes de la titularidad de acciones o participaciones en sociedades de cualquier tipo, ni de cualquier otra inversión financiera, al no tener la consideración de renta derivada directamente de la prestación del servicio público ni necesaria para la misma. Tampoco podrá incluirse en el ámbito de la bonificación las rentas procedentes del arrendamiento o enajenación de elementos del inmovilizado.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 34 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1785 - 05 , de 16 de septiembre de 2005
ID: 
126167