Una gestoría administrativa tiene en su contabilidad suplidos de sus clientes que no ha cobrado, ¿procede imputar como gasto estos pagos delegados realizados a nombre los clientes y que no ha cobrado?
Si la entidad se encarga del cobro de determinadas partidas de sus clientes, la falta de cobro de dichas partidas no debiera determinar la existencia de un gasto para dicha entidad, en la medida en que es un suplido, por lo que esta falta de cobro no tendrá ningún impacto en la base imponible de la entidad.
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