• English
  • Español

TIPO RETENCIÓN: TRIBUNAL DE OPOSICIÓN

Consulta: 

¿Se aplica un tipo fijo igual que a los cursos y conferencias a las cantidades cobradas por la participación en tribunales de oposición, cuando no supongan ordenación por cuenta propia de medios y recursos?

Respuesta corta: 

No. Las características que se dan por la participación en tribunales de oposición no puede encuadrarse dentro del supuesto especial de los rendimientos derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, por lo que a las retribuciones percibidas se les aplicará el tipo de retención calculado de acuerdo con las reglas generales.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
137017