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TRANSFORMACIÓN DE UNA SOCIEDAD CIVIL EN SOCIEDAD MERCANTIL

Consulta: 

¿Es posible que una sociedad civil con objeto mercantil, que a partir de 1 de enero de 2016 es contribuyente del Impuesto sobre Sociedades, se transforme en una sociedad mercantil?

Respuesta corta: 

El artículo 7.1.a) la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades (LIS), establece que:

Serán contribuyentes del Impuesto, cuando tengan su residencia en territorio español:

a) Las personas jurídicas, excepto las sociedades civiles que no tengan objeto mercantil.

De esta forma se incorporan unos nuevos contribuyentes al Impuesto sobre Sociedades, las sociedades civiles con objeto mercantil, a diferencia de lo que ocurría con anterioridad a 1 de enero de 2016, en que todas las sociedades civiles tributaban bajo el régimen de atribución de rentas.

En cuanto a las posibilidades de transformación de las sociedades civiles, el artículo 4 de la Ley 3/2009 de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles regula los supuestos de posible transformación, señalando que una sociedad civil podrá transformarse en cualquier tipo de sociedad mercantil, sin necesidad de liquidarse y disolverse.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 7 Ley 27 / 2014 , de 27 de noviembre de 2014 .
Artículo 4 Ley 3 / 2009 , de 03 de abril de 2009 .
Consulta de la D.G.T. 0037 - 1999 , de 14 de enero de 1999
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 1735 - 2009 , de 23 de julio de 2009
ID: 
138832