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TRANSFORMACIÓN DE SOCIEDAD COOPERATIVA EN LIMITADA

Consulta: 

Una cooperativa que se transforma en una sociedad de responsabilidad limitada (SRL) tiene cuotas negativas pendientes de compensar. ¿Pueden ser tenidas en consideración por dicha SRL?

Respuesta corta: 

La transformación de la cooperativa en sociedad de responsabilidad limitada no puede impedir que se apliquen las pérdidas cuando se obtengan beneficios.

En el caso de las cooperativas, su peculiar régimen de compensación de cuotas, no de bases, exigirá que la nueva SRL. transforme extracontablemente las cuotas en bases negativas, según su origen, de manera que se puedan compensar con las bases de la SRL.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 25 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Artículo 24 Ley 20 / 1990 , de 19 de diciembre de 1990 .
ID: 
130036