Si se han transmitido acciones admitidas a negociación en mercados regulados (Bolsa de Valores, etc.) que fueron adquiridas antes del 31 de diciembre de 1994 ¿ se pueden aplicar los coeficientes reductores para el cálculo de la ganancia patrimonial sometida al impuesto?
Si. Los coeficientes reductores son aplicables siempre que las acciones hayan sido adquiridas antes del 31 de diciembre de 1994. No obstante, sólo se aplican sobre la parte de la ganancia patrimonial generada hasta el 19 de enero de 2006, por lo que hay que distinguir dos posibles situaciones:
a) Si el valor de transmisión no excede del valor de las acciones a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio de 2005 (cotización media del cuarto trimestre de 2005 x nº de acciones transmitidas), los coeficientes reductores de la ganancia patrimonial se aplicarán sobre el importe total de la misma.
b) Si el valor de transmisión es superior al valor de las acciones a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio de 2005, los coeficientes reductores de la ganancia patrimonial sólo se aplicarán sobre la parte de la misma que corresponda a la diferencia entre este último valor y el valor de adquisición.
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