Si se han transmitido acciones que no están admitidas a negociación en mercados regulados (Bolsa de Valores, etc.) que habían sido adquiridas antes del 31 de diciembre de 1994 ¿ se pueden aplicar los coeficientes reductores para el cálculo de la ganancia patrimonial que se somete al impuesto?
Si. Los coeficientes reductores son aplicables siempre que las acciones hayan sido adquiridas antes del 31 de diciembre de 1994. No obstante, los coeficientes reductores sólo son aplicables a la parte de la ganancia patrimonial generada hasta el 19 de enero de 2006, que será el resultado de multiplicar el importe total de la misma por el cociente que resulte de dividir los días transcurridos entre la fecha de adquisición y el 19 de enero de 2006,ambos inclusive, por el número de días de permanencia de las acciones en el patrimonio del contribuyente.
Por tanto, la ganancia patrimonial sobre la que se aplican los coeficientes reductores (GR) se obtendrá mediante la fórmula: GR = GT x DR / DT, en la que:
GT = ganancia total ; DR = días entre la fecha de adquisición y el 19-01-2006, ambos inclusive:DT = días entre las fechas de adquisición y de transmisión.
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