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TRANSMISIÓN POR FALLECIMIENTO

Consulta: 

Persona propietaria únicamente de una vivienda, fallece en 2007. Sus herederos presentan su declaración de IRPF por dicho periodo impositivo. ¿Deben incluir la ganancia o pérdida patrimonial que tiene lugar por la transmisión lucrativa de dicha vivienda a los herederos?

Respuesta corta: 

No. Aunque con carácter general cuando se produce una transmisión lucrativa (gratuita) de un bien o derecho se produce una ganancia o pérdida patrimonial por diferencia entre en valor de transmisión -el que resulte por aplicación de las normas del Impuesto de Sucesiones y Donanciones- y su valor de adquisición, en el caso planteado la normativa establece que se estimará que no existe ganancia o pérdida.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
135681