Si se han transmitido participaciones en un fondo de inversión adquiridas antes del 31 de diciembre de 1994 ¿ Se pueden aplicar los coeficientes reductores para el cálculo de la ganancia patrimonial sometida al impuesto?
Si. Los coeficientes reductores son aplicables siempre que las participaciones hayan sido adquiridas antes del 31 de diciembre de 1994. No obstante, hay que distinguir dos situaciones:
a) Si el valor de transmisión no excede del valor de las participaciones a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio de 2005, los coeficientes reductores de la ganancia patrimonial se aplicarán sobre el importe total de la misma.
b) Si el valor de transmisión es superior al valor de las participaciones a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio de 2005, los coeficientes reductores de la ganancia patrimonial sólo se aplicarán sobre la parte de la misma que corresponda a la diferencia entre el valor de las participaciones a efectos del Impuesto sobre el Patrimonio de 2005 y el valor de adquisición.
En cualquier caso, los datos que facilita la entidad gestora a efectos de la declaración del IRPF ya llevan incorporada la citada reducción.
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