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TRANSMISIÓN VIVIENDA HABITUAL MAYOR DE 65 AÑOS: USUFRUCTO

Consulta: 

Contribuyente mayor de 65 años que transmite el usufructo de la que ha sido hasta ese momento su vivienda habitual. ¿Está exenta dicha transmisión si conserva la nuda propiedad de la misma?

Respuesta corta: 

Estarán exentas del impuesto las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de la vivienda habitual por mayores de 65 años.

No obstante, el usufructo es un derecho real de goce o disfrute, que permite al usufructuario a disfrutar los bienes ajenos, reservándose el nudo propietario la propiedad de la vivienda.

Por tanto, al transmitirse el usufructo y conservar el contribuyente la nuda propiedad de la vivienda, se ha producido la transmisión de un derecho real pero no la transmisión de su vivienda habitual, por lo que dicha venta no estará exenta.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
ID: 
135683