El servicio de transporte relacionado con áreas exentas y regímenes aduaneros ¿está incluido en los servicios exentos a que se refieren los artículos 23.uno.3 y 24.uno.2 de la Ley del IVA?
Sí. Están exentas del IVA las prestaciones de servicios, entre ellas el transporte, relacionadas directamente con las entregas de bienes exentas por destinarse a ser vinculados a estas áreas o regímenes o por tratarse de entregas de bienes o servicios sobre bienes ya vinculados a estas áreas o regímenes.
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