¿Dónde tributa la adquisición de vehículos usados en un estado de la U.E. realizada por sujeto pasivo del impuesto, que posteriormente lo traslada al territorio de aplicación del impuesto español?
Depende de quién sea el transmitente:
Si el transmitente del otro Estado de la U.E. es, en dicho Estado, sujeto pasivo del IVA, la operación tributará en España como adquisición intracomunitaria, salvo que la entrega hubiera tributado con sujeción a las reglas establecidas por el Régimen especial de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección en el estado miembro en el que se inicie la expedición o el transporte de los vehículos.
Si el transmitente es un particular, la operación no está sujeta al IVA ya que quien transmite no es sujeto pasivo del impuesto, por lo que la operación tributará en el ITP y AJD en España si el adquirente tiene su residencia aquí.
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