La empresa cede a sus trabajadores para usos particulares vehículos que no son de su propiedad, abonando cuota mantenimiento, gastos asociados, impuestos, seguros, carburantes ... ¿cuál es la base para calcular la cuantía que debe imputar a los trabajadores?
La retribución en especie derivada de la utilización de vehículos automóviles por parte de empleados para fines particulares comprende todos los gastos satisfechos por la empresa que permiten poner el vehículo en condiciones de uso para el empleado, como es el caso de los seguros, los impuestos municipales o los gastos de mantenimiento por lo que no constituye una retribución en especie independiente para el trabajador sumándose todos estos conceptos para aplicar el porcentaje del 20% a imputar a los trabajadores.
Por el contrario, los gastos derivados del consumo de carburantes constituirán retribución en especie separada e independiente si fuesen satisfechos por la empresa.
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