¿Resulta de aplicación la limitación en la deducibilidad de gastos financieros a los intereses satisfechos a un tercero no vinculado con la sociedad?
Sí. De acuerdo con la nueva redacción del artículo 20 del TRLIS, con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2012, la sociedad deberá respetar la limitación en la deducibilidad de gastos financieros que dicho precepto contiene, que resultará aplicable a todos los préstamos de la entidad, con independencia de que los mismos se ostenten o no con respecto a entidades vinculadas.
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