Contribuyente vive en una vivienda en alquiler desde 1995. En 2005 adquiere dicha vivienda y en 2007 quiere venderla para adquirir otra. ¿Puede aplicar la exencion por reinversion?
Para aplicar la exención por reinversión es necesario, entre otros requisitos, que el inmueble que se transmite constituya la vivienda habitual del contribuyente. A estos efectos es preciso haber residido en ella durante un plazo continuado de 3 años desde que la adquirió salvo que concurran circunstancias que necesariamente exijan el cambio de vivienda, tales como separación matrimonial, traslado laboral, obtención de primer empleo o de empleo más ventajoso u otros análogos. Por tanto, no podrá aplicar la exencion por no haber transcurrido 3 años desde la adquisición, salvo que concurrieran las circunstancias citadas.
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