• English
  • Español

Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos - V0763-19 - 04/04/2019

Número de consulta: 
V0763-19
Español
DGT Organ: 
SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos
Fecha salida: 
04/04/2019
Normativa: 
Ley 20/1990, art.33.1.b). TRLITPAJD RDLeg 1/1993 arts. 29, 31-2 y 45-I-C)-15
Descripción de hechos: 

La entidad consultante es una entidad financiera -en concreto, un banco- que concede préstamos hipotecarios a entidades cooperativas.

Cuestión planteada: 

Si al ser, actualmente, el sujeto pasivo del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de los préstamos hipotecarios la entidad prestamista -en este caso, la consultante, que no es una cooperativa sino un banco- sigue siendo de aplicación la exención regulada en el artículo 33.1.b) de la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas.