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IRPF - V1824-21 - 10/06/2021

Número de consulta: 
V1824-21
Español
DGT Organ: 
SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
Fecha salida: 
10/06/2021
Normativa: 
Ley 35/2006, DT 18ª
Descripción de hechos: 

Se describe en la cuestión planteada.

Cuestión planteada: 

Obligación o no de presentar declaración por tener derecho a practicar la deducción por inversión en vivienda habitual.

Contestación completa: 

La disposición transitoria decimoctava de la Ley de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobada por la Ley 35/2006, de 28 de noviembre (BOE de 29 de noviembre), regula un régimen transitorio que permite continuar practicando la deducción por inversión en vivienda habitual, vigente a 31 de diciembre de 2012, a aquellos contribuyentes que cumplan determinados requisitos. En concreto, dicha disposición en su punto 3 dispone lo siguiente:

“3. Los contribuyentes que por aplicación de lo establecido en esta disposición ejerciten el derecho a la deducción estarán obligados, en todo caso, a presentar declaración por este Impuesto y el importe de la deducción así calculada minorará el importe de la suma de la cuota íntegra estatal y autonómica del Impuesto a los efectos previstos en el apartado 2 del artículo 69 de esta Ley.”.

En aplicación de dicha disposición, están obligados a presentar la declaración por un concreto ejercicio fiscal aquellos contribuyentes que decidan ejercitar su derecho a la deducción. Si en un determinado ejercicio, por la razón que fuese, y pudiendo ejercitarlo, no lo hicieran, ello no imposibilita el derecho a ejercitarlo en un ejercicio posterior, en el que, igualmente, tuvieran derecho a practicar la deducción.

Con igual sentido se expresa la consulta vinculante V1950-17 de 19/07/2017, a la que hace referencia en su escrito de consulta.

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.