La actual normativa que regula el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Ley 35/2006, de 28 de noviembre) no recoge ningún precepto que establezca la exención o no sujeción de la renta obtenida en la transmisión de un elemento patrimonial que hubiera permanecido en el patrimonio del contribuyente durante más de 4 años.
Por tanto, no se puede confirmar la cuestión planteada.
Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
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