1.- Las exenciones del Impuesto sobre el Valor Añadido a la importación están contenidas en los artículos 27 a 67 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE del 29), y responden a la delimitación que el Derecho de la Unión de tales exenciones que se efectúa en la Directiva 2009/132/CE, del Consejo, de 19 de octubre de 2009.
Especialmente relevantes, a efectos de la cuestión planteada, son las exenciones contenidas en los artículos 40 (importaciones de animales de laboratorio y sustancias biológicas y químicas destinadas a la investigación), y 49 (importaciones de bienes para ser objeto de exámenes, análisis o ensayos) de la mencionada Ley 37/1992.
Estos preceptos disponen lo que sigue:
"Artículo 40.- Importaciones de animales de laboratorio y sustancias biológicas y químicas destinados a la investigación.
Estarán exentas del Impuesto las importaciones, a título gratuito, de animales especialmente preparados para ser utilizados en laboratorios y de sustancias biológicas y químicas procedentes de países terceros, siempre que unos y otras se importen por establecimientos públicos, o servicios dependientes de ellos, que tengan por objeto esencial la enseñanza o investigación científica, o, previa autorización, por establecimientos privados dedicados también esencialmente a las mismas actividades.
La exención establecida en este artículo se concederá con los mismos límites y condiciones fijados en la legislación aduanera.
(...)
Artículo 49.- Importaciones de bienes para ser objeto de exámenes, análisis o ensayos.
Uno. Estarán exentas del Impuesto las importaciones de bienes destinados a ser objeto de exámenes, análisis o ensayos para determinar su composición, calidad u otras características técnicas con fines de información o de investigaciones de carácter industrial o comercial.
Se excluyen de la exención los bienes que se utilicen en exámenes, análisis o ensayos que en sí mismos constituyan operaciones de promoción comercial.
Dos. La exención sólo alcanzará a la cantidad de los mencionados bienes que sea estrictamente necesaria para la realización de los objetivos indicados y quedará condicionada a que los mismos sean totalmente consumidos o destruidos en el curso de las operaciones de investigación.
No obstante, la exención se extenderá igualmente a los productos restantes que pudieran resultar de dichas operaciones si, con autorización de la Administración, fuesen destruidos o convertidos en bienes sin valor comercial, abandonados en favor del Estado libres de gastos o reexportados a un país tercero. En defecto de la citada autorización los mencionados productos quedarán sujetos al pago del Impuesto en el estado en que se encontrasen, con referencia al momento en que se ultimasen las operaciones de examen, análisis o ensayo.
A estos efectos, se entiende por productos restantes los que resulten de los exámenes, análisis o ensayos, o bien las mercancías importadas con dicha finalidad que no fuesen efectivamente utilizadas.”.
Del escrito de consulta resulta que la entidad consultante va a importar determinados dispositivos de geolocalización de atunes que utilizará en un proyecto de investigación. La importación de dichos dispositivos, a falta de otros elementos de prueba, no encuentra cabida en ninguno de los supuestos de exención previstos en los artículos 27 a 67, y en particular en los precitados artículos 40 y 49 de la Ley 37/1992, que están relacionados con determinadas actividades de investigación. Por tanto, puede concluirse que la importación de tales dispositivos estará sujeta y no exenta del Impuesto sobre el Valor Añadido.
2.- Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
I had a really urgent problem in the middle of the summer that I needed to get fixed. I tried contacting a bunch of agencies but they were either unavailable, slow, had terrible service or were crazy expensive (one company quoted me 1000€!). Josep replied to me within 10 minutes and managed to submit my forms on the deadline and all for a great price. He saved my life - 100% recommend!