Las cantidades que la sociedad decida abonar a cualquier socio tendrán la consideración de rendimientos del capital mobiliario, siempre que se cumplan las condiciones del artículo 25 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de No Residentes y sobre el Patrimonio (LIRPF), es decir, si se trata de rendimientos obtenidos por la participación en los fondos propios de la sociedad, ya sean dinerarios o en especie.
La cuestión relativa a la deducibilidad como gasto para determinar la base imponible del Impuesto sobre Sociedades se resuelve de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades:
“Artículo 15. Gastos no deducibles
No tendrán la consideración de gastos fiscalmente deducibles:
a) Los que representen una retribución de los fondos propios.
A los efectos de lo previsto en esta Ley, tendrá la consideración de retribución de fondos propios, la correspondiente a los valores representativos del capital o de los fondos propios de entidades, con independencia de su consideración contable.
(…)”.
De acuerdo con lo anterior, las cantidades mensuales abonadas al socio, derivadas de su participación en los fondos propios de la sociedad, tienen la consideración de rendimientos del capital mobiliario para el socio y no son deducibles como gasto para determinar la base imponible del Impuesto sobre Sociedades de la entidad.
Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
I had a really urgent problem in the middle of the summer that I needed to get fixed. I tried contacting a bunch of agencies but they were either unavailable, slow, had terrible service or were crazy expensive (one company quoted me 1000€!). Josep replied to me within 10 minutes and managed to submit my forms on the deadline and all for a great price. He saved my life - 100% recommend!