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IRPF - V3950-15 - 10/12/2015

Número de consulta: 
V3950-15
Español
DGT Organ: 
SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
Fecha salida: 
10/12/2015
Normativa: 
LIRPF. Ley 35/2006. Arts. 60 y 61
Descripción de hechos: 
<p>El hijo del consultante tenia reconocido y certificado el grado de minusvalía del 34% hasta el día 7 de abril del año 2015. A partir de dicha fecha ya no ostentaba la condición de persona discapacitada.</p>
Cuestión planteada: 
<p>Aplicación del mínimo por discapacidad en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas del ejercicio 2015.</p>
Contestación completa: 

Referente a la aplicación en la declaración del Impuesto sobre la Renta, ejercicio 2015, del mínimo por discapacidad del descendiente recogido en el artículo 60 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (BOE del día 29), hay que tener en consideración las normas comunes contenidas en el artículo 61 de dicha Ley para la aplicación del mínimo del contribuyente y por descendientes, ascendientes y discapacidad; en particular, para determinar la aplicación de dicho mínimo la norma 3ª dispone:

“3ª. La determinación de las circunstancias personales y familiares que deban tenerse en cuenta a efectos de lo establecido en los artículos 57, 58, 59 y 60 de esta Ley, se realizará atendiendo a la situación existente en la fecha de devengo del impuesto.” Siendo así, el hecho de que por razón de la circunstancia antes descrita el descendiente a fecha de devengo del Impuesto, esto es, a 31 de diciembre de 2015, no ostenta la condición de persona con discapacidad, comporta a que el consultante no pueda aplicarse el mínimo por discapacidad del descendiente previsto en el artículo 60, antes señalado, de la Ley del impuesto.

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.