

Expediente a España por no trasponer la nueva normativa europea contra el blanqueo de capitales
Introducción: España frente al incumplimiento del Derecho Comunitario
La Comisión Europea ha iniciado un procedimiento de infracción contra España por no haber traspuesto a tiempo las últimas enmiendas de la Directiva (UE) 2015/849 sobre la prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo (conocida como 6ª Directiva AML). Este expediente se suma a otros avisos recientes relacionados con el régimen del IVA y la identificación de entidades críticas dentro del marco de la seguridad económica de la Unión Europea.
Este artículo analiza detalladamente el contenido de estos procedimientos, sus implicaciones jurídicas, los plazos que maneja la Comisión y los riesgos a los que se enfrenta el Estado español en caso de no corregir su actuación en los próximos meses.
1. Primera advertencia formal a España por la Directiva contra el blanqueo de capitales
El pasado jueves, la Comisión Europea notificó a España, junto a otros Estados miembros (Bélgica, Polonia y Portugal), el inicio de un procedimiento de infracción por la no transposición de las últimas reformas introducidas en la Directiva (UE) 2018/1673, centradas en la lucha contra el uso del sistema financiero para el blanqueo de capitales, con especial atención al uso inadecuado de criptoactivos.
Objetivos de la nueva regulación
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Fortalecer el marco jurídico europeo en materia de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo.
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Regular de forma armonizada la trazabilidad de los activos digitales.
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Exigir a los Estados miembros la creación de marcos sancionadores eficaces para las infracciones detectadas.
Consecuencias del incumplimiento
El envío de la carta de emplazamiento abre un plazo de dos meses para que España responda y demuestre las medidas adoptadas o en curso para cumplir con la normativa. En caso contrario, la Comisión podría emitir un dictamen motivado y, si persiste el incumplimiento, elevar el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) con la posible imposición de sanciones económicas coercitivas.
2. Dictamen motivado sobre la reducción del IVA en productos esenciales
La Comisión también ha emitido un dictamen motivado a España (junto con Bélgica, Bulgaria, Grecia y Rumanía) por no haber transpuesto a la legislación nacional las directivas que permiten aplicar tipos reducidos o incluso nulos de IVA en productos básicos, entre ellos:
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Alimentos de primera necesidad.
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Medicamentos y productos sanitarios.
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Suministros energéticos y agua potable.
Marco normativo: Directiva 2022/542
Estas modificaciones, adoptadas a través de la Directiva (UE) 2022/542, permitían a los Estados miembros una mayor flexibilidad fiscal en contextos de inflación y crisis económica. La fecha límite para su transposición fue el 31 de diciembre de 2024, que no ha sido respetada por España.
3. Infracción por no adaptar el régimen especial de IVA para pymes
El tercer procedimiento tiene como base la Directiva (UE) 2020/285, que reformó el régimen especial del IVA para pequeñas empresas. Esta normativa permite a las pymes operar sin aplicar IVA hasta determinados umbrales de facturación y reduce sus obligaciones formales, con el fin de fomentar la actividad económica de emprendedores y microempresas.
España no ha completado la transposición de este régimen simplificado, lo que impide su aplicación práctica en el sistema tributario nacional.
4. Falta de transposición de la Directiva sobre entidades críticas
La última infracción señalada por la Comisión se refiere a la Directiva (UE) 2022/2557, cuyo objeto es identificar y proteger a las entidades críticas esenciales para la economía y la seguridad de la UE, en sectores como:
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Energía.
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Transporte.
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Salud.
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Banca.
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Agua e infraestructuras digitales.
La Comisión considera que España no ha legislado aún los mecanismos necesarios para cumplir con esta exigencia, vulnerando los plazos y principios de transposición del Derecho comunitario.
Conclusión: riesgos para España y llamada a la acción legislativa
España se enfrenta a cuatro expedientes por infracción, dos de ellos ya en fase de dictamen motivado, que es la antesala del litigio ante el TJUE. El incumplimiento de estas directivas puede tener consecuencias jurídicas y económicas importantes, incluyendo sanciones pecuniarias y un debilitamiento de la imagen institucional ante la UE.
Estos procedimientos reflejan una deficiente coordinación normativa a nivel nacional, especialmente en materia de fiscalidad, lucha contra el blanqueo y gobernanza económica. Es fundamental que el Gobierno y las Cortes Generales actúen con urgencia para adaptar el ordenamiento jurídico español a los compromisos europeos.
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