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Hacienda controlará duramente a las viviendas de uso turítiscos

Vistas de Sant Pol

Las plataformas de alquiler de viviendas de uso turístico, como Airbnb, HomeAway, Wimdu o Niumba, comenzarán a suministrar a la Agencia Tributaria los datos fiscales relativos a esta actividad antes del 31 de octubre, según la orden ministerial que regula el nuevo modelo de declaración informativa sobre los alquileres turísticos

 

Modelo 179, “DECLARACIÓN INFORMATIVA DE LA CESIÓN DE USO DE VIVIENDAS CON FINES TURÍSTICOS”

En concreto deben presentar el nuevo modelo 179 las personas y entidades que presten el servicio de intermediación entre los cedentes y cesionarios del uso de viviendas con fines turísticos, ya sea a título oneroso o gratuito. En particular, tendrán dicha consideración las personas o entidades que constituidas como plataformas colaborativas ( Airbnb, Windu, etc ) intermedien en la cesión de uso y tengan la consideración de prestador de servicios de la sociedad de la información, con independencia de que preste o no el servicio subyacente objeto de intermediación o de la imposición de condiciones respecto de los cedentes o cesionarios del servicio en relación al mismo tales como precio, seguros, plazos u otras condiciones contractuales.

 La nueva obligación fiscal, aprobada por el Ministerio de Hacienda en diciembre de 2017, entrará en vigor en julio de este año, por lo que las plataformas de pisos turísticos tendrán el mes de octubre para informar a la Agencia Tributaria de los alquileres suscritos entre julio y septiembre, ya que la declaración tiene una periodicidad trimestral, debiendo presentarse durante el mes natural siguiente a la finalización de cada trimestre natural.

Para los datos del cuarto trimestre de 2018, tendrán de plazo hasta el 31 de enero de 2019, mientras que para dar cuenta de los alquileres suscritos en el primer y segundo trimestre de este año, la Agencia Tributaria extiende la fecha hasta el 31 de diciembre, con el objetivo de otorgar un plazo de adaptación de los sistemas de información al contenido de la nueva obligación.

La norma contempla la aprobación del modelo 179 de 'Declaración informativa trimestral del arrendamiento de viviendas con fines turísticos', así como la forma, plazo y lugar de presentación, y el resto de datos relevantes para el cumplimiento de esta nueva obligación de información.

 

La información a suministrar en el modelo 179 comprende:

a) Identificación del titular de la vivienda, la del titular del derecho en virtud del cual se cede la vivienda (si es distinta del titular de la vivienda) y de las personas o entidades cesionarias.

b) Identificación del inmueble con especificación de la referencia catastral, en su caso.

c) Número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos.

d) Importe percibido, en su caso, por el titular cedente del derecho.

e) Número de contrato en virtud del cual el declarante intermedia en la cesión de la vivienda.

 

 

 

 

Imagen de Josep Navarro
Josep Navarro es Licenciado en Económicas por la UB, especializado en Inspecciones Tributarias, con más de 25 años de experiencia en asesoría fiscal para empresas y particulares en España.

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