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Hacienda investiga el FRAUDE DE TRAMAS

Fraude de TRAMAS

Hacienda investiga el FRAUDE DE TRAMAS

 

Impuestos afectados

 

Afectan específicamente a los impuestos indirectos sobre el consumo general y los consumos específicos de bienes. No se ha detectado hasta la fecha un empleo análogo de estos mecanismos de fraude en el consumo de servicios. Producen un impacto negativo muy grave en la recaudación fiscal y en el grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias de sectores enteros de la actividad comercial.

 

 

¿Cómo identificarlo?

 

La característica innovadora de estos nuevos fraudes es que producen, en todo o en parte, un resultado distinto del fraude fiscal ordinario, consistente en dejar de ingresar la cantidad que legalmente corresponde en función de la capacidad económica real del contribuyente, quien retiene en su patrimonio una riqueza equivalente a la suma de dinero debida.

 

En lo que se ha venido en llamar fraude de tramas se pueden producir, aislados o combinados entre sí, dos resultados hasta ahora desconocidos:

 

- El defraudador, en vez de embolsárselas, puede destinar parte de las cantidades defraudadas a reducir el precio de los bienes cuando los vuelve a transmitir, convirtiendo parte del ahorro fiscal fraudulento propio en un ahorro de costes para sus clientes. La parte de la cantidad defraudada que el defraudador retiene se convierte en un “margen de beneficio” ilícito. Su beneficio total será mayor cuantos más clientes atraiga con estos precios artificialmente bajos.

 

- Las operaciones fraudulentas se pueden realizar con la finalidad de obtener devoluciones de impuestos indirectos sin haber realizado las operaciones económicas reales que justificarían tales devoluciones.

 

- Una última característica básica del fraude de tramas es la necesidad de una actividad organizada en la que intervienen varios sujetos, normalmente sociedades mercantiles.

Esta actividad organizada puede alcanzar dimensión internacional y dar lugar a numerosos fraudes en distintos países para beneficio de verdaderas organizaciones criminales.

 

Factores causantes del fraude de tramas

 

 En el nacimiento y desarrollo del fraude de tramas intervienen diversos factores, unos propios del ámbito de la tributación y otros que corresponden a la actividad económica y su marco jurídico general.

 

A.- Factores propios del ámbito tributario

 

La consecución de los especiales resultados del fraude de tramas resulta posible por la estructura y funcionamiento de la imposición indirecta sobre el consumo, concretamente de los caracteres siguientes:

 

1. La traslación de los costes fiscales: Los operadores que ocupan una posición intermedia en el mercado entre productores y consumidores finales trasladan los costes fiscales de la adquisición de bienes a sus adquirentes. Si resulta posible esta traslación de costes fiscales, también lo es la traslación de la reducción fraudulenta de los mismos costes fiscales.

 

Para que pueda darse este fraude, no es preciso que los impuestos sobre el consumo prevean un mecanismo específico para la traslación del coste fiscal -la repercusión-.

También es posible cuando tiene lugar la traslación económica simple agregando los costes fiscales al precio de transmisión.

 

2. El régimen de las operaciones transfronterizas: En la imposición sobre el consumo, la legislación de los distintos Estados, incluidos los miembros de la Unión Europea, grava el consumo de bienes en el Estado donde ocurre, no en el Estado en que los bienes se producen.

 

 Para ello, es necesario interrumpir la traslación de costes fiscales a través de las fronteras, con la devolución como instrumento fundamental. Un instrumento cuya eficacia económica lo hace extraordinariamente atractivo para los defraudadores.

 

3. La adaptabilidad de los impuestos sobre el consumo de bienes a los distintos sectores económicos: Una de las características técnicas de la moderna imposición sobre el consumo, en especial del IVA, es que cuenta con una mecánica tan depurada que permite su aplicación a prácticamente cualquier sector de la actividad económica, con una proporción pequeña de regímenes especiales.

De modo inverso, los fraudes fiscales apoyados en esta mecánica depurada del impuesto sobre el consumo pueden adaptarse con la misma facilidad de un sector económico a otro.

 

B)  Factores derivados de la actividad económica y su marco jurídico general

 

 Para el desarrollo del fraude de tramas, además de los factores técnicos propios de los tributos defraudados, hay que atender a las fuerzas que configuran los mercados de bienes y su régimen jurídico:

 

1. El desarrollo continuo del tráfico internacional de bienes, que resulta cada vez más accesible a un mayor número de operadores de menor tamaño. Si este tipo de fraude está ligado a las operaciones transnacionales, resulta evidente que el aumento de las mismas favorece el desarrollo del fraude de tramas.

Este factor multiplica su efecto dentro de la Unión Europea, que constituye un mercado único de bienes, servicios, personas y capitales y un único espacio aduanero, pero que cuenta con veinticinco espacios fiscales distintos, aunque parcialmente armonizados.

 

2. La generalización del uso de las sociedades mercantiles: En todas las economías desarrolladas se ha facilitado al máximo la posibilidad de operar en la actividad económica por medio de sociedades mercantiles, fáciles de constituir y con unos requisitos de capital mínimo asumibles para una gran proporción de ciudadanos.

El fraude de tramas requiere la intervención de numerosos sujetos en las operaciones de tráfico de bienes. El recurso al fraude se facilita si, en vez de personas físicas que mantienen siempre la misma identidad, se puede hacer intervenir a una sucesión de sociedades que pueden operar durante meses o semanas y después ser sustituidas por otras.

 

3. La actuación de los agentes económicos en un mercado. Si el fraude de tramas se puede convertir en una reducción de costes de adquisición de bienes, las reglas del mercado y la toma racional de decisiones (rational choice) conducen a la expansión de ese tipo de fraude.

 

 Si el operador del mercado debe escoger entre el riesgo incierto de soportar en el futuro unos eventuales costes fiscales, y el riesgo cierto de ser expulsado del mercado por adquirir los bienes a un precio más alto que sus competidores, lo que le impediría venderlos a precios competitivos, optará por adquirir los bienes a un precio menor y por permanecer en el mercado.

 

Por esta razón, cada vez que el fraude de tramas se instala en un sector de actividad comercial, se produce un efecto de “deflagración” entre los distribuidores de ese sector que, si rechazan los efectos de la reducción fraudulenta de costes fiscales, dejan de ser competitivos

 

Imagen de Josep Navarro
Josep Navarro es Licenciado en Económicas por la UB, especializado en Inspecciones Tributarias, con más de 25 años de experiencia en asesoría fiscal para empresas y particulares en España.