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Hacienda y la Renta solo online: modernización frente a exclusión fiscal

Hacienda y la digitalización forzosa de la Renta: ¿modernización o exclusión?

El anuncio de que, a partir de 2026, la declaración del IRPF solo podrá presentarse por Internet ha generado un intenso debate en el ámbito tributario y social. La Agencia Tributaria justifica la medida por eficiencia y por el elevado grado de uso telemático ya existente (más del 90 % de las declaraciones en 2024 se presentaron online). Sin embargo, la decisión plantea importantes interrogantes desde la óptica jurídica, económica y de equidad social.


1. Marco normativo aplicable

La obligación de presentar declaraciones por medios electrónicos se apoya en:

  • Ley 58/2003, General Tributaria (art. 96.2 LGT): habilita a la Administración tributaria para establecer los supuestos y condiciones en que los obligados deben relacionarse electrónicamente con ella.

  • Real Decreto 1065/2007 (RGAT, art. 117 y ss.): regula la presentación telemática de declaraciones.

  • Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común (art. 14.2): impone la relación electrónica obligatoria a las personas jurídicas y a los profesionales colegiados, pero no a pensionistas ni a ciudadanos en general.

  • Jurisprudencia del Tribunal Supremo: la Sentencia de 3 de junio de 2020 (rec. 3611/2017) anuló la exigencia de presentación exclusivamente telemática de determinados modelos a colectivos no obligados, al considerar que podía vulnerar el derecho de acceso a la Administración (art. 53 CE y art. 103 CE).

Por tanto, la base legal existe, pero no es absoluta ni ilimitada: la obligatoriedad debe respetar los principios de proporcionalidad, igualdad y no discriminación.


2. Impacto sobre colectivos vulnerables

  • Pensionistas y mayores: gran parte carece de ordenador, conexión o habilidades digitales. La brecha digital puede traducirse en exclusión real de un derecho básico: cumplir con la obligación tributaria.

  • Perceptores de rentas bajas (IMV, prestaciones por desempleo): se les obliga a manejar claves electrónicas para una gestión compleja, cuando su capacidad de acceso a medios digitales es limitada.

  • Autónomos y pequeños negocios: aunque muchos disponen de gestoría, quienes gestionan por sí mismos sumarán esta carga digital a un marco ya burocráticamente oneroso.

En definitiva, la medida agrava la desigualdad entre quienes pueden y quienes no pueden adaptarse al ecosistema digital.


3. Crítica desde la perspectiva de los derechos de los contribuyentes

  • Principio de seguridad jurídica (art. 9.3 CE): la medida, sin transición ni alternativas, puede provocar inseguridad y desprotección.

  • Principio de igualdad (art. 14 CE): obligar a colectivos desiguales en capacidades técnicas a usar el mismo medio puede suponer una discriminación indirecta.

  • Derecho a una buena administración: el art. 13 de la Ley 39/2015 reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse con la Administración por medios no electrónicos si no están obligados.

  • Precedente judicial: el Tribunal Supremo ya advirtió de la imposibilidad de exigir trámites exclusivamente telemáticos a ciertos colectivos. Esto abre margen a que se planteen recursos contencioso-administrativos en caso de imposición indiscriminada.


4. Posibles vías de corrección

Aunque Hacienda pretende blindar el sistema online, se perfilan escenarios de ajuste:

  • Excepciones normativas para colectivos vulnerables (mayores de 65 años, discapacitados, rentas bajas).

  • Refuerzo del plan “Le Llamamos” y de la asistencia presencial en entornos rurales, como exigen organizaciones de pensionistas.

  • Atención diferenciada en oficinas de la AEAT para quienes acrediten imposibilidad de acceso a medios electrónicos.

  • Eventual intervención judicial, si se interpreta que la exclusividad online vulnera principios constitucionales o administrativos básicos.


5. Conclusión:

La digitalización de la gestión tributaria es irreversible y positiva en términos de eficiencia, pero no puede imponerse sin garantías. La exclusividad online para la Renta desde 2026 corre el riesgo de convertirse en un elemento de exclusión fiscal, contrario a la equidad y a la seguridad jurídica.

La propia normativa y jurisprudencia han demostrado que la Administración no puede trasladar sus objetivos de modernización a costa de sacrificar derechos fundamentales de los contribuyentes.
Lo inteligente sería apostar por un modelo híbrido: digitalización como regla general, pero con excepciones claras y mecanismos de apoyo real para quienes no pueden acceder en igualdad de condiciones.

En caso contrario, Hacienda no solo “pierde los papeles” en sentido figurado, sino que puede perderlos también en sede judicial.

Imagen de Josep Navarro
Josep Navarro es Licenciado en Económicas por la UB, especializado en Inspecciones Tributarias, con más de 25 años de experiencia en asesoría fiscal para empresas y particulares en España.