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Iva importacion exportacion para profesionales

El IVA en las Operaciones de Importación y Exportación: Claves para Asesores Fiscales

 

Introducción

El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en el ámbito del comercio exterior representa uno de los aspectos más complejos y a la vez fundamentales para los asesores fiscales. Las operaciones de importación y exportación no solo tienen implicaciones fiscales propias, sino que también afectan a la gestión financiera, logística y documental de las empresas que operan internacionalmente.


1. Marco normativo aplicable

  • Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del IVA, y su reglamento de desarrollo.

  • Reglamento (UE) nº 952/2013, por el que se establece el Código Aduanero de la Unión (CAU).

  • Directiva 2006/112/CE sobre el sistema común del IVA.


2. El IVA en la importación: sujeción, devengo y deducción

2.1. Sujeto pasivo y base imponible

  • Se considera importación toda entrada de bienes procedente de un tercer país no comunitario.

  • El sujeto pasivo es el importador, que habitualmente coincide con el declarante aduanero.

  • La base imponible incluye:

    • Valor en aduana (valor CIF).

    • Derechos arancelarios.

    • Impuestos devengados en aduana distintos del IVA.

    • Gastos accesorios hasta primer destino en España (transporte, seguros, etc.).

2.2. Devengo y liquidación del IVA a la importación

  • El devengo se produce en el momento de despacho a libre práctica.

  • Desde 2015 se permite a ciertos operadores aplicar la opción del diferimiento del IVA (art. 167.Dos LIVA) e incluirlo en la autoliquidación mensual del modelo 303 sin pagarlo en aduana (importadores con devolución mensual, REDEME o gran empresa).

2.3. Deducción del IVA soportado en la importación

  • Siempre que el bien se afecte a una actividad sujeta y no exenta del IVA, el IVA pagado o diferido será deducible en el periodo correspondiente.

  • Cuidado con la trazabilidad contable y documental (DUA, factura comercial, justificantes de pago, etc.).


3. Exportación de bienes: exención con derecho a deducción

3.1. Requisitos para aplicar la exención (art. 21 LIVA)

  • Envió del bien fuera del territorio de la Unión Europea.

  • Existencia de justificantes de salida (documento aduanero de exportación debidamente validado).

  • Relación directa entre el vendedor y la operación.

3.2. Naturaleza de la exención: plena

  • Permite la deducción del IVA soportado en adquisiciones vinculadas a la exportación (input VAT).

  • No afecta a la devolución del IVA en caso de exportadores en recargo de equivalencia o exentos.

3.3. Exportaciones indirectas y ventas en cadena

  • Especial atención a la intervención de operadores logísticos, transitarios o comisionistas.

  • Análisis del sujeto que realiza la expedición y mantiene el control sobre el transporte.


4. Comercio intracomunitario vs extracomunitario: implicaciones comparadas

  • En adquisiciones intracomunitarias no hay IVA a la entrada, pero sí obligación de autorepercusiones (art. 84.Uno.2º LIVA).

  • El operador intracomunitario debe figurar en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) y consignar el NIF-IVA del proveedor y cliente.

  • La exportación extracomunitaria permite la exención del art. 21 LIVA, pero exige mayor carga probatoria documental.


5. Novedades recientes y jurisprudencia

  • Paquete IVA del comercio electrónico (julio 2021): implicaciones en la importación de pequeños envíos, plataforma IOSS.

  • Sistema de "ventanilla única" (OSS/IOSS) como simplificación para ventas a distancia.

  • Jurisprudencia reciente del TJUE y del Tribunal Supremo debe analizarse caso por caso y con precisión. No se incluyen referencias concretas sin validación previa documental.


6. Buenas prácticas para asesores fiscales

  • Revisar exhaustivamente DUA y facturas de importación/exportación.

  • Control documental riguroso: facturas, documentos de transporte, contratos y DUAs.

  • Comprobar la aplicación efectiva del tipo cero o exención, y su consistencia contable.

  • Evaluar la conveniencia del diferimiento del IVA a la importación.

  • Mantenerse actualizado mediante fuentes oficiales: Agencia Tributaria, BOE y DOUE.


Conclusión

La correcta aplicación del IVA en operaciones internacionales requiere una comprensión técnica profunda y actualizada. La intervención del asesor fiscal es clave tanto para prevenir riesgos como para optimizar el cash-flow de las empresas. Una planificación fiscal adecuada y una gestión documental eficiente permiten aprovechar las ventajas de la normativa vigente, evitar contingencias y garantizar la seguridad jurídica del contribuyente en sus operaciones con terceros países.

 

Imagen de Josep Navarro
Josep Navarro es Licenciado en Económicas por la UB, especializado en Inspecciones Tributarias, con más de 25 años de experiencia en asesoría fiscal para empresas y particulares en España.