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IVA que quiere reformar la UE

Bandera UE Ondeando

El objetivo de la reforma del IVA es dotar de mayor autoridad a los estados miembros para la fijación del impuesto y acabar con las desigualdades en la aplicación del impuesto entre países comunitarios ya que en el sistema actual cada uno tienen sus propias excepciones

Un tipo de IVA general y tres tipos reducidos en la reforma del IVA

Es una de las propuestas más destacadas. La Comisión Europea apuesta por mantener el tipo general mínimo del 15% vigente en el sistema actual pero posibilita que los países de la UE incorporen hasta cuatro tipos más por debajo del general siguiendo estas directrices:

  • Dos tipos reducidos que estén entre el 5% y el 15% del tipo general.
  • Un tipo cero de IVA o exención del pago.
  • Un tipo de IVA más entre el tipo cero y los dos tipos reducidos

Según la Comisión Europea tras la introducción de estos nuevos tipos el tipo medio de aplicación resultante no puede ser inferior al 12%.

Nueva lista de bienes y servicios para la aplicación del IVA

Aunque el modelo actual aplica el tipo general mínimo del 15% (recordemos que en España es del 21%) a la mayoría de productos y servicios, hay una lista predefinida de aquellos a los que se aplica un tipo reducido de al menos un 5%. Todo esto se traduce en el tipo reducido de IVA del 10% y superreducido del 4% que establece el modelo español.

La reforma europea del IVA pasa por la eliminación del actual listado de bienes y servicios a los que se les aplica el tipo reducido y la redacción de una nueva lista en la que a algunos de los productos detallados se les aplique directamente el tipo mínimo general. Hablamos de armamento, alcohol, tabaco, electrodomésticos, metales preciosos, smartphones, electrodomésticos…  aunque cabe indicar en España muchos de los mencionados ya tributan por el tipo general.

 

Reforma del IVA en operaciones intracomunitarias

La reforma del IVA, que carece aún de normativa y no será de aplicación inmediata sino que se llevará a cabo gradualmente hasta 2022, también aborda cambios sustanciales en el funcionamiento del IVA Intracomunitario. La reforma persigue acabar con el fraude cometido por empresas derivado de la exención del IVA y simplificar el proceso especialmente entre las pequeñas empresas que en la Unión Europea representa el 98% del tejido empresarial.

Pago del IVA en el país de origen del producto o servicio

Uno de los cambios más significativos de esta reforma que está por llegar sería el establecimiento de una única área de imposición del IVA que pasará a ingresarse en el país de origen de bienes y servicios.  

Esta novedad pretende acabar con el fraude entre las empresas que se acogen a la exención del IVA, venden cargando el IVA al destinatario que luego cobran sin declarar.

Simplificación de las obligaciones y declaraciones fiscales  

Entre las novedades que llegaría con la reforma del IVA en operaciones intracomunitarias también está la creación de una ventanilla única, un portal online donde realizar las pymes puedan realizar declaraciones y pagos. La pequeñas empresas con un volumen de ingresos por debajo de los dos millones de euros podrían acogerse a esta simplificación del proceso.

Además, la Confederación Europea podría eximir a las empresas exentas del pago de IVA de sus obligaciones de identificación y facturación

 

Los objetivos son por tanto:

 

Acabar con el fraude:

El IVA se cargará entre negocios en operaciones transfronterizas. A día de hoy, este tipo de negocios está exento de IVA, lo que deja una oportunidad para las compañías sin escrúpulos para recaudar IVA y luego desaparecer sin declararlo al gobierno.

Ventanilla única:

de esta manera, a las compañías que venden entre frontera les será más fácil cumplir con sus obligaciones de impuestos. Los comerciantes podrán hacer declaraciones y pagos usando un único portal online en su propia lengua y regida por unos mismos principios y plantillas. Los estados miembros pagarán después ese IVA al otro estado implicado de forma directa, como ya es el caso de los servicios digitales.

Mayor consistencia:

el importe del IVA siempre se abona al estado miembro del consumidor final y se cobra al tipo de dicho estado. Este siempre ha sido un compromiso de la Comisión, apoyada por todos los estados miembros.

Menos burocracia:

simplificación de las reglas de facturación, que permite a los vendedores a preparar facturas de acuerdo con la regulación de su propio país aunque operen entre fronteras. Las empresas no tendrán que seguir preparando una lista de transacciones transfronterizas para su autoridad recaudadora (la llamada declaración recapitatulativa).

La propuesta legislativa se mandará a todos los estados miembros para alcanzar un acuerdo y consultarlo en el Parlamento Europeo. La Comisión retomará su iniciativa en 2018 con una propuesta legal detallada para enmendar la directiva sobre el IVA a nivel técnico para que el régimen definitivo propuesto hoy se implemente paulatinamente.

Imagen de Josep Navarro
Josep Navarro es Licenciado en Económicas por la UB, especializado en Inspecciones Tributarias, con más de 25 años de experiencia en asesoría fiscal para empresas y particulares en España.

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