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Renta 2017

renta 2017

Campaña declaración de la renta 2017

 

Como cada año empieza la campaña de la declaración de la Renta ( renta 2017 ). Este año tiene algunas novedades de tipo administrativo y otras de índole tributaria. Una vez leido el artículo encontrareis enlaces a noticias relacionadas que ampliaran lo que hay que saber sobre la campaña de este año.

La campaña de la renta de 2016 comenzará el próximo 5 de abril de 2017 para la presentación telemática (el 11 de mayo para la presencial) y la principal novedad es que desaparece definitivamente el programa Padre de ayuda a la confección de la declaración de la renta, que ya se eliminó el año pasado para la mayoría de los contribuyentes y únicamente quedó relegado a los declarantes de actividades económicas, básicamente autónomos.

Por segunda vez en una campaña de la renta, los contribuyentes dispondrán del sistema 'Renta web', que se generaliza ya para todos los declarantes, cualquiera que sea la naturaleza de sus rentas (del trabajo, capital o actividades económicas) y que ha venido a sustituir al Programa Padre y al borrador del IRPF, ya que se trata de una mezcla de ambos.

Al sistema 'Renta web' se accederá desde la sede electrónica de la Agencia Tributaria y, en la práctica, supondrá una propuesta de declaración, como venía siendo el borrador, pero más sencillo y ampliado a todos los contribuyentes. Su principal ventaja es que el contribuyente verá despejados obstáculos directamente relacionados con la descarga informática de la información del borrador --que hasta ahora sólo recogía unas determinadas rentas-- o del programa Padre.

Para acceder, habrá de identificarse de la manera habitual --DNI electrónico, clave y número de referencia--. Una vez dentro, se informará de la posible existencia de diferencias entre los datos de la última declaración y los existentes en el momento, y tendrán que validarse los datos identificativos.

En un entorno similar al del programa Padre, el contribuyente verá una serie de datos que se asimilan a los datos generales con los que la Agencia Tributaria hace la propuesta y que incluirán los correspondientes a los tramos o impuestos autonómicos de cuya información se tiene conocimiento. Una vez finalizado el proceso, el declarante sólo necesitará ir al banco con el documento de ingreso y devolución y un número de referencia, quitándose la molestia de ir con todo el pliego de datos como hasta ahora.

Al respecto del RENTA WEB, el Defensor del Pueblo ha pedido a la Agencia Tributaria (Aeat) que mejore el nuevo programa de ayuda para la declaración del IRPF, Renta Web, puesto en marcha el pasado año, porque genera "inseguridad" y "confusión".

El Informe del Defensor del Pueblo 2016 publicado hoy alerta de que la presentación de la declaración del IRPF del ejercicio 2015 se ha caracterizado "por la complejidad" del nuevo programa, Renta Web, que une el borrador con el programa Padre y que se generalizó el pasado año excepto para los contribuyentes con rendimientos de actividades económicas.

Así, mientras el sistema anterior permitía comprobar con facilidad los datos declarados y confirmar el borrador, este "dificulta la presentación de la declaración" para el contribuyente, que "se siente desconcertado" con su funcionamiento e inseguro al tener que revisar "tantas pantallas".

Además, "se ha constatado que no se incorporan en el borrador todos los datos fiscales", lo que genera "confusión" en el contribuyente al dudar "si deben ser incluidos o no".

 

Consulta o modifica el borrador, y presenta la Declaración de la Renta 2016-2017

 

Ya puedes consultar el borrador, modificarlo o presentar la declaración, en el apartado "Servicios Disponibles" pulse "Borrador/Declaración (Renta WEB)". Si es la primera vez que accedes, se mostrarán en la primera pantalla tus datos identificativos como declarante y los del resto de declarantes de la unidad familiar. Si contiene datos erróneos o imprecisos o se ha omitido algún dato concreto antes deberá modificarlo.

 

No olvides que el estado civil y si tienes hijos menores de edad o incapacitados judicialmente sometidos a patria potestad prorrogada o rehabilitada no podrán ser modificado posteriormente.

 

¿Cómo sé si tengo o no que hacer la Declaración de la Renta 2016-2017?

 

Si la nómina es tu única fuente de ingresos de los rendimientos de tu trabajo, estarás obligado a presentar la declaración de la renta cuando tus rendimientos íntegros del trabajo superen los 22.000 euros anuales, siempre que procedan de un solo pagador. 

 

Si percibes rentas de más de un pagador, el límite seguirá siendo de 22.000 euros, si el importe de las rentas percibidas por el segundo y restantes pagadores no superan los 1.500 euros anuales. En caso contrario, el límite a partir del cual sería obligatorio presentar la declaración de renta se reduce a 12.000 euros anuales. Los límites son los mismos tanto para el caso de tributación individual como conjunta.

 

Si ganas menos de 22.000 euros anuales, debes presentar la Renta si tienes derecho a practicar reducciones en la base imponible del impuesto por aportaciones a planes de pensiones, a mutualidades de previsión social, a planes de previsión asegurados, a planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia, por aportaciones a patrimonios protegidos de las personas  con discapacidad o reducciones por régimen transitorio de inversión en vivienda.

 

 

 

Imagen de Josep Navarro
Josep Navarro es Licenciado en Económicas por la UB, especializado en Inspecciones Tributarias, con más de 25 años de experiencia en asesoría fiscal para empresas y particulares en España.