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CENTRO ASOCIADO A LA UNED

Consulta: 

¿Está exento un centro asociado a la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED)?

Respuesta corta: 

En el apartado 1 del artículo 9 del TRLIS se contienen los supuestos de exención total del Impuesto, y entre ellos, en la letra f) se hace referencia a Los restantes organismos públicos mencionados en las disposiciones adicionales novena y décima, apartado 1, de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, así como las entidades de derecho público de análogo carácter de las comunidades autónomas y de las entidades locales. Y en la disposición adicional décima, apartado 1, de la Ley 6/1997 se recoge el supuesto de las Universidades no transferidas, como es el caso de la UNED.
Por otra parte, el artículo 1 del Real Decreto 1317/1995, de 21 de julio, por el que se regula el régimen de convenios de la Universidad Nacional de Educación a Distancia con sus centros asociados, determina que estos se constituirán mediante consorcios, fundaciones u otras entidades con personalidad jurídica propia.
En consecuencia, no estamos ante un supuesto de exención total, dado que el centro asociado tiene personalidad jurídica propia y, por ello, no forma parte de la estructura interna de la UNED.
El régimen fiscal aplicable a la entidad, será el previsto en el capítulo XV del título VII deL TRLIS para las entidades parcialmente exentas, salvo que, por ser una fundación le resultara de aplicación el régimen fiscal previsto en el título II la Ley 49/2002, siempre que se cumplan los requisitos exigidos en el mismo.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 9 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Consulta de la D.G.T. 1106 - 03 , de 14 de agosto de 2003
ID: 
130028