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IRNR - Cesion de software. convenio con usa: tipo de gravamen-

Consulta: 

¿QUE TIPO DE GRAVAMEN DEBEN SOPORTAR LAS CANTIDADES SATISFECHAS POR CESION DE DERECHOS DE AUTOR SOBRE PROGRAMAS DE ORDENADOR (ROYALTIES SOFTWARE) HACIA ESTADOS UNIDOS?

Respuesta corta: 

EN REITERADAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO SE HABIA CALIFICADO A LOS PROGRAMAS DE ORDENADOR COMO OBRAS LITERARIAS, POR LO QUE ERA APLICABLE EL TIPO DE GRAVAMEN REDUCIDO DEL 5%. NO OBSTANTE,EN LA NORMA FISCAL INTERNA, DENTRO DEL CONCEPTO DE CANONES, SE ENUMERAN COMO SUPUESTOS DISTINTOS LOS DERECHOS SOBRE OBRAS LITERARIAS, ARTISTICAS Y CIENTIFICAS DE LOS DERECHOS SOBRE PROGRAMAS INFORMATICOS . AL APLICAR EL CDI CON EE.UU., ESTOS ULTIMOS NO ESTAN MENCIONADOS NI ENTRE LOS CANONES QUE SE GRAVAN AL 5% NI AL 8%, POR LO QUE PROCEDE APLICAR EL TIPO DE GRAVAMEN RESIDUAL DEL 10%.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Consulta de la D.G.T. 0247 - 05
Consulta de la D.G.T. 0956 - 03
ART.12 L.41/98,RED.L.46/02 ( VIGENTE ART.13.1.F).3º. DEL TEXTO REF. LEY IRNR) ;3.2 Y 12 CDI;TS.28.4.01,9.5.01,9.6.01
ID: 
112743