Para un mismo período impositivo ¿ pueden coexistir el modelo 150 y el modelo 151?
Sí. Para un mismo período impositivo van a coexistir dos modelos de declaración distintos, el modelo 151, para autoliquidar el impuesto conforme a la redacción de la normativa vigente desde 1 de enero de 2015, y el modelo 150, que utilizarán los contribuyentes que hayan optado por mantener la aplicación del régimen especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español conforme a la redacción de la normativa vigente a 31 de diciembre de 2014 hasta la finalización del mismo.
... desde que encontré a Serapeum, especialmente Josep Navarro, me he dado cuenta que realmente Josep es un gran profesional, no sólo te asesora sinó que con la jurisprudencia correspondiente, te explica en que situación te encuentras. Actualmente, me está llevando de una manera altamente profesional un tema que complicó mi asesor fiscal anterior ...