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IRNR - Constituida en el extranjero. sin presencia. miembro no resident

Consulta: 

FORMA DE TRIBUTACION CORRESPONDIENTE AL MIEMBRO NO RESIDENTE DE UNA E.A.R. CONSTITUIDA EN EL EXTRANJERO SIN PRESENCIA EN TERRI- TORIO ESPAñOL.

Respuesta corta: 

EN EL CASO DE E.A.R. CONSTITUIDAS EN EL EXTRANJERO SIN PRESENCIA EN TERRITORIO ESPAñOL, LOS MIEMBROS NO RESIDENTES SERAN CONTRIBU-YENTES DEL IRNR SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE. NO SE EXIGIRA A LOS MIEMBROS NO RESIDENTES LA PRESENTACION DE LA DECLARACION POR EL IRNR CORESPONDIENTE A LA RENTA ATRIBUIDA RESPECTO DE LA QUE LA E.A.R. HAYA SOPORTADO LA RETENCION EN LA PARTE ATRIBUIBLE A ESE MIEMBRO NO RESIDENTE . NO OBSTANTE, SUBSISTIRA LA OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACION EN LOS SUPUESTOS DE TRANSMISIONES DE BIENES INMUEBLES POR LA PARTE DE LA RENTA ATRIBUIDA A LOS MIEMBROS NO RESIDENTES .

Respuesta extendida: 
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Normativa: 
ART. 36 TEXTO REF. LEY IRNR ( RDL 5/2004 DE 05.03).
ID: 
112877