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Repaso a hacienda, limitación de pagos y mas

EL TRIBUNAL SUPREMO DA UN REPASO A HACIENDA

A grandes rasgos, la Ley del Impuesto de la Renta, a la hora de calcular el beneficio objetivo por la venta de un inmueble, básicamente, lo hace  bajo la fórmula BENEFICIO = PRECIO DE VENTA - PRECIO DE COMPRA.

Sin embargo, puede darse el caso que, en su día el precio de compra fuese inferior, al precio que Hacienda calculaba que valía dicho inmueble en el año que se compró

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Limitación de pago en efectivo y los préstamos

Hay que considerar varios escenarios, una de las partes es profesional o empresario, ambas partes son empresarios o una de las partes es una entidad de crédito. En función de ello tenemos que:

El artículo 7.Uno.1 de la Ley 7/2012 establece que no pueden pagarse en efectivo las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, cuando su importe sea igual o superior a 2.500 euros o su contravalor en moneda extranjera

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El Fondo Monetario Internacional (FMI) apuntó hoy que España necesita más reformas económicas, ya que "el crecimiento potencial sigue constreñido" por la abultada deuda y el escaso aumento de la productividad, aunque reconoció que crece por encima de la media europea.

"El crecimiento potencial de España sigue constreñido por el peso de la deuda pública y privada, el débil crecimiento de la productividad, y abultado desempleo estructural", aseguró el portavoz del FMI, Gerry Rice, en una rueda de prensa en Washington.

No obstante, señaló que la "fuerte recuperación" de España continúa "ayudada por las reformas pasadas y los vientos a favor en las condiciones exteriores, así como por la relajación fiscal del pasado año".

El Fondo rebajó por primera vez sus previsiones de crecimiento de España, tras varios semestres consecutivos de revisiones al alza, y cifró en abril las proyecciones en un 3,1 % para este año y un 2,6 % para el próximo.

"En ambos casos", remarcó Rice, esas cifras están "por encima de la media europea", que lo hará en torno al 1,5 % en esos dos años.

El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado el recurso que la Generalitat Valenciana presentó contra la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016 por estar en contra del llamado Fondo de Suficiencia Global

El pleno del tribunal de garantías ha tomado por unanimidad esta decisión, que supone rechazar que, tal y como argumentaba el ejecutivo valenciano, la norma recurrida vulnere el principio de seguridad jurídica recogido en la Constitución y la garantía de la prestación de los servicios públicos fundamentales, también dotada de rango constitucional.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016 recoge las transferencias por Fondo de Suficiencia Global a las Comunidades Autónomas. Para el caso de Valencia el resultado de ese Fondo de Suficiencia Global es negativo contra esta comunidad por un importe de total de 1.329.533.560 euros.

En su recurso, el Consejo de Gobierno de la Generalitat solicitaba que se anulase la obligación de este pago que la norma imponía a la Comunidad Valenciana mediante un cálculo que estableciera un incremento, en idéntico importe, de la financiación correspondiente a dicha Comunidad Autónoma.

El TC rechaza que se haya vulnerado la Constitución porque lo que hacen los presupuestos recurridos es cumplir "una normativa reguladora del sistema de financiación autonómica plenamente vigente".

Imagen de Josep Navarro
Josep Navarro es Licenciado en Económicas por la UB, especializado en Inspecciones Tributarias, con más de 25 años de experiencia en asesoría fiscal para empresas y particulares en España.