• English
  • Español

ART. 39: REQUISITOS VEHÍCULOS INDUSTRIALES/COMERCIALES HASTA 2010

Consulta: 

¿Qué vehículos pueden acogerse a la deducción para la protección del medio ambiente cuando se adquieran?

Respuesta corta: 

La adquisición de vehículos que pueden acogerse a la deducción para la protección del medio ambiente, por la parte de la inversión que contribuya de manera efectiva a la reducción de la contaminación atmosférica, son aquéllos que reúnan los siguientes requisitos:

  • debe tratarse de vehículos del inmovilizado material del sujeto pasivo;
  • los vehículos deben ser nuevos;
  • han de ser vehículos industriales o comerciales de transporte por carretera tanto de personas como de mercancías;
  • tratándose de vehículos con motor diésel o con motor de encendido por chispa alimentado con gas natural o gas licuado del petróleo, deben cumplir los requisitos sobre emisiones de gases, partículas contaminantes y humos establecidos en la Dir 88/77/CEE.

Con efectos para los períodos impositivos que se incien a partir de 1 de enero de 2011 queda derogada esta deducción.

Respuesta extendida: 
Para una respuesta extendida es necesario utilizar EasyTax
Normativa: 
Artículo 39 TRLIS Real Decreto Legislativo 4 / 2004 , de 05 de marzo de 2004 .
Artículo 34 RIS Real Decreto 1777 / 2004 , de 30 de julio de 2004 .
Disposición derogatoria 2 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 .
ID: 
124626