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IRPF - V1123-21 - 27/04/2021

Consultation number: 
V1123-21
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DGT Organ: 
SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
Departure date: 
27/04/2021
Regulation: 
LIRPF, Ley 35/2006, Art. 27.
RIRPF. Real Decreto 439/2007, Art. 95.
Description of facts: 

El consultante, asalariado por cuenta ajena en una empresa española, ha percibido de manera puntual y aislada de una empresa china una comisión por la intermediación en una operación de venta en territorio español.

Issue raised: 

Calificación de la comisión percibida en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del consultante.

Complete answer: 

El artículo 95.2.b).2º del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo (BOE del día 31), incluye entre los rendimientos de actividades profesionales los obtenidos por los comisionistas, entendiendo por tales "los que se limitan a acercar o a aproximar a las partes interesadas para la celebración de un contrato”; añadiendo además en su segundo párrafo que “por el contrario, se entenderá que no se limitan a realizar operaciones propias de comisionistas cuando, además de la función descrita en el párrafo anterior, asuman el riesgo y ventura de tales operaciones mercantiles, en cuyo caso el rendimiento se comprenderá entre los correspondientes a las actividades empresariales”.

Conforme con esta expresa configuración normativa, el importe que el consultante haya percibido por su labor (puntual y aislada) de intermediación en esa operación de venta procede calificarlo a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como rendimiento de actividades económicas. Y más concretamente, si el consultante no hubiera asumido el riesgo y ventura de la operación se calificaría como rendimiento de la actividad profesional, siendo en otro caso rendimiento de la actividad empresarial.

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.